Comparte 02/10/2020. Como nos tiene acostumbrados en los últimos tiempos, el Gobierno ha aprobado a última hora un nuevo Real Decreto Ley que regula, entre otros temas, los ERTEs. Vamos a intentar explicar cómo queda ertes a partir del 1 de octubre. Quedan prorrogados automáticamente hasta el 31/01/2021, los ERTEs de FUERZA MAYOR
ElServicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tramitará de oficio la prestación por paro desencadenada por un ERTE vinculado al coronavirus. Esto significa que los trabajadores no tendrán que Estosignifica que muchos de ellos carecen de seguridad social, lo que les impide acceder a los servicios médicos y otros beneficios a los que antes tenían acceso. Por otro lado, la situación de los trabajadores en ERTE también afecta a la economía global. Transcurridoel tiempo de suspensión inicial, podrá mantenerse la proteccón, siempre que el juez o jueza prorrogue la suspensión por periodos de 3 meses, con un máximo de 18 meses y con límite de duración del derecho reconocido, a condición de que la persona trabajadora aporte nueva documentación acreditativa de dicha prórroga, sin que sea Apartir del 1 de enero de 2023, cambia la forma de calcular el paro: durante los primeros 6 meses, el trabajador cobrará el 70% de su base reguladora, pero a partir del mes séptimo (día 181) pasará a cobrar el 60%, en lugar del 50% que se cobraba hasta ahora. Este cambio puede suponer en algunos casos una subida importante del paro.